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Mostrando entradas de 2017

¿Cuándo será el aumento a jubilados y Asignación Universal por Hijo de Reforma Previsional?

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Luego de  la homologación de la Ley 27426 y nos han llegado varias  consultas de usuarios que desean saber  cuándo será el aumento  a  jubilados , pensionados, Asignaciones  Familiares  del SUAF y  Asignación  Universal  por Hijo   (AUH) contemplado en la Reforma Previsional. Tal como indica la normativa,  ANSES  aplicará el primer incremento en el mes de marzo de 2018 con un índice de movilidad del 5,7%. La Ley de Reforma Previsional contempla cuatro aumentos al año aplicables cada tres meses en marzo, junio, septiembre y diciembre. Con lo cual, la primera suba comenzará a regir desde marzo, no enero como muchos esperan. El primer aumento con la nueva legislación será del 5,7%, menos de la mitad de lo que sería si se aplicaba la vieja Ley de Movilidad. Para obtener dicho porcentaje, la Administración Federal de Seguridad Social  (ANSeS)  toma el 70% de la variación de la inflación y el 30% de los  sala...

Retención de Ganancias en Plazos Fijos y Acciones

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La reforma tributaria impulsada por la  Administración  Federal de Ingresos Públicos ( AFIP )  graba la renta financiera. Debido a que dejará de estar exenta, los bancos deberán  comenzar  a aplicar una  retención de Ganancias en los intereses de plazos fijos  y los agentes de bolsa a las  acciones . Según advierte el portal iProfesional.com, si no se adecúan las normas vigentes, esto podría provocar pagos en exceso del  impuesto . La Resolución General 830 establece que los bancos deben aplicar una retención de Ganancias del 3% por las operaciones que generen intereses a los contribuyentes inscriptos en dicho tributo. En el caso de los no inscriptos, la retención que deben aplicar las entidades bancarias es del 10%. Aplicando dicha normativa, una persona física podría sufrir una retención de hasta un 10% que le servirá a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias, el cual, de acuerdo a los cambios propuestos por la Reforma...

Indemnizaciones por Despido y Retiros Voluntarios no pagarán Ganancias

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La Cámara de Diputados ha aprobado esta semana los cambios que se realizaron al Proyecto de Ley de la Reforma Tributaria impulsado por la  Administración  Federal de Ingresos Públicos   ( AFIP ) . En los mismos se estipuló que no van a pagar  Impuesto a las Ganancias  las  indemnizaciones por despido sin justa causa  ni los  retiros voluntarios por cese laboral . Previamente a la modificación, el Proyecto de Ley estipulaba que el alcance del  Impuesto  a las Ganancias sería para todos los casos de cese laboral. Sin embrago, con los cambios sólo serán aquellos que sean superiores a tres veces el salario promedio de la actividad. La Reforma Tributaria que tratará el Senado estipula que están alcanzados por Ganancias sólo los retiros voluntarios o indemnizaciones por despido de las personas que ocupan cargos directos o ejecutivos de empresas públicas y privadas que excedan los  montos  indemnizatorios mínimos previstos e...

ANSES: ¿Puedo cobrar jubilación y aguinaldo si soy heredero?

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La Doctora Laura Kalerguiz ha respondido una serie de  consultas realizadas por los seguidores del Facebook  Oficial  de Telefe Noticias. A causa de una pregunta recibida, la abogada ha aclarado que los herederos no pueden cobrar la jubilación ni el aguinaldo de un jubilado y/o pensionado fallecido. En caso de que se perciban los haberes de forma indebida,  ANSES  puede iniciar acciones judiciales. Los apoderados de jubilados/ pensionados  no pueden retirar la jubilación/pensión de los  beneficiarios  en caso de que el titular haya fallecido. No importa que éste sea heredero. Los haberes que se paguen con fecha posterior al fallecimiento regresarán a  ANSeS . Los anteriores quedarán en el banco a la espera de que se presente la declaratoria de herederos una vez que se realice la sucesión. Es muy importante tener en cuenta que el organismo previsional inicia una causa en caso de detectar que el apoderado ha retirado dinero que no le cor...

Requisitos de Préstamos ARGENTA para Pensiones no Contributivas

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La  Administración Nacional de la Seguridad Social   ( ANSeS )  permite que los titulares de Pensiones por discapacidad, por vejez y madres de 7 hijos saquen un crédito personal con la mejor tasa de interés del mercado. Para realizar el trámite, el interesado debe sacar un turno por  www.anses.gob.ar . Este artículo, permite  consultar  la lista con los  requisitos  de Préstamos ARGENTA  para  Pensiones no Contributivas   (PNC) . El programa ARGENTA permite que los jubilados y pensionados nacionales y titulares de planes sociales puedan acceder a un préstamo personal con una excelente financiación. A diferencia de lo que ocurría anteriormente con este programa, el dinero solicitado es depositado íntegramente en la cuenta bancaria del titular por lo cual éste puede disponer del mismo como más quiera, hacer compras con la tarjeta de débito o retirarlo en efectivo. Requisitos ARGENTA para Pensiones no Contributivas Tener...

La AFIP aclara criterios para monotributistas y las SRL

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 A través del sistema de consultas online, el fisco responde dudas de los pequeños contribuyentes y explica criterios específicos que alcanzan a sociedades. Através del sistema de consultas online, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) responde las dudas de los monotributistas y explica criterios específicos que alcanzan a las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL). *Monotributo -Dejé de pagar el monotributo hace 2 años ¿Cómo hago con la deuda si quiero reincorporarme y poder tener una obra social ?  En virtud de lo dispuesto por la  RG 1966/2005  (Plan General) y la  RG 2278/2007  (Plan Especial), ambos planes denominados "Mis Facilidades", podrá incluir en ellos la deuda proveniente del régimen de monotributo. Cabe aclarar que el Plan Especial se podrá incluir deuda vencida al 31 de Agosto de 2005.  -Ante una sociedad de hecho que se inscribió como monotributista. ¿A quién le corresponde pagar el monotributo a la ...

SERVICIOS EVENTUALES: Una Modalidad para hacer Fraude Laboral

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Cuando las empresas optan por tomar trabajadores eventuales, sin que la elección de esta modalidad contractual responda a la realización de una "actividad extraordinaria y transitoria", o cuando lo hacen, simplemente, para reemplazar a un empleado, deben tener en cuenta que esta decisión podría derivar en un serio problema a futuro. Sucede que "optimizar recursos y reducir costos" y "mantener los niveles de rentabilidad" son objetivos que quieren alcanzar año a año las compañías, pero si para lograrlo apelan a fraudes laborales, esto podría terminar resultándoles muy caro. En este escenario, es importante destacar que la ley  no prohíbe este tipo de contrataciones , sino que, contrariamente, las fomenta siempre y cuando el empleador cumpla con toda la normativa laboral y previsional vigente. a actividad que desarrollan las empresas de servicios eventuales se basa en la selección de trabajadores, contratados bajo una figura conocida como "pe...

Derecho del Trabajo. Fraude Laboral

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La Justicia volvió a poner un límite a una frecuente maniobra a la que recurren algunas empresas, que hacen renunciar a sus empleados para luego contratarlos y hacerlos facturar por sus servicios. Con este ardid, las compañías buscan "ahorrarse" cargas sociales. Pero este aparente "ahorro" puede transformarse en un altísimo costo si son demandadas y no obtienen fallos favorables en los tribunales. Suele suceder que, al principio, la supuesta desvinculación se da en buenos términos, ya que las  firmas piden  a algunos de los  empleados  que  envíen  el  telegrama con la renuncia  o firmen un acuerdo de desvinculación ( con pago de gratificación ) para luego continuar prestando el mismo servicio sólo que facturando por el mismo.  El problema se da cuando el dependiente, luego de un tiempo de trabajar facturando,  no acepta estas condiciones, se pone en situación de despido  e inicia un juicio contra la empresa. Estos...