ANSES: Asignación por Matrimonio

Los beneficiarios del SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares) pueden tramitar el cobro de la Asignación por Matrimonio en ANSeS(Administración Nacional de la Seguridad Social). El plazo para efectuar el trámite es a partir de los dos meses de celebrada la boda contando con un límite de dos años. Para solicitarel beneficio es necesario sacar un turnopor teléfono (130) o Internet (www.anses.gob.ar).
El pago de la Asignación por Matrimonio es efectuado por ANSeS a los trabajadores en relación de dependencia por haber contraído enlace. Dicha Asignación Familiar (AAFF) es pagada por el organismo previsional a uno o a ambos cónyuges.
El plazo para tramitar el cobro de la Asignación por Matrimonio en ANSES es de 2 meses a 2 años de celebrado el mismo. Para hacerlo es necesario sacar un turno previo, lo cual se puede hacer telefónicamente llamando al número de teléfono 130 o por Internet siguiendo estos pasos:
  • Ingresar a la página el organismo.
  • Hacer clic en “Turnos Online” y “Solicitar Turno”.
  • Hacer clic en “Asignaciones Familiares”.
  • Seleccionar “Asignaciones Familiares – Prestaciones de Pago Único (Nacimiento, Nacimiento sin Vida, Matrimonio, Adopción)”.
  • Completar los datos requeridos por el sistema y elegir la fecha y horario de atención.
Los requisitos para cobrar la Asignación por Matrimonio son los siguientes:
  • El empleados debe contar con una antigüedad mínima de 6 meses en su puesto de trabajo a la fecha de la boda.
  • Estar trabajando en relación de dependencia / prestación efectiva e servicios al momento de producido el matrimonio.
  • Cumplir con los topes salariales vigentes a la fecha de producida la unión.
La documentación requerida para cobrar la Asignación por Matrimonio es la siguiente:
  • Nota del titular del beneficio solicitando el mismo.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del empleado y su cónyuge en original y fotocopia.
  • Partida de Matrimonio en original y fotocopia.
na vez aprobado el pago, el depósito de esta Asignación Familiar se realizará en la cuenta bancaria en la que se perciben las prestaciones el SUAF.
Un dato a tener en cuenta es que este beneficio solamente se paga a los trabajadores en relación de dependencia. Por lo cual quedan excluidos los monotributistas; y los jubilados y pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).

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