SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L)
E LA NATURALEZA - CONSTITUCION Tradicionalmente se les reconoce a las SRL un carácter "intermedio o mixto", valorado entre las sociedades de personas (o por parte de interés) y las accionarias. para significar que si bien el elemento personal no es ajeno a su organicidad, la circunstancia de limitar los socios su responsabilidad al capital que se comprometen a aportar, les otorga un tinte acorde con los principios de la sociedad de capitales. Este carácter, en consecuencia, deviene en particularidades propias que ha llevado a ubicarlas en una "categoría" diferenciada, clasificándoselas como sociedades por cuotas, siendo el único exponente de esta "clase". La ley 22.903 introdujo importantes modificaciones al régimen de las SRL, destinadas a "potenciar" (según los términos del legislador) esta estructura con la inocultada finalidad de revertir la tendencia hacia la constitución de sociedades anónimas de familia (ver comentario a la secc. V, a
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