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Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo?

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Este mes, la  Administración Nacional de la Seguridad Social ( ANSES )  habilitó la presentación del  Formulario  PS 1.47. Recibimos varias  consultas  de usuarios que desean saber si deben presentar la  Libreta de Asignación Universal por Hijo (AUH)  si aún no asista a la  escuela . Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que sí se tiene que cumplir con dicho requisito. Entre el 1° y último día hábil de cada año, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo están obligados a presentar el Formulario libreta en ANSeS. De este modo se demuestra que se ha cumplido con los controles médicos, el régimen de vacunación nacional y la asistencia a clases. Una vez cumplida dicha presentación, el organismo a cargo de Emilio Basavilbaso procede a liquidar el 20% que se la retenido mensualmente a lo largo del año anterior. Dicho pago se realiza dentro de los 2 y 6 meses de cumplida la presentación y el titular tie...

Plazo para la recategorización tercer cuatrimestre del año 2016

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La recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2016 -cuyo vencimiento operaba originalmente el día 20 de enero de 2017-,  podrá efectuarse hasta el día 31 de enero de 2017 ¿Cuáles son los parámetros a considerar en la recategorización del tercer cuatrimestre del año 2016 y siguientes? Para la recategorización  deberán considerarse los nuevos parámetros  (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados). ¿En qué casos no corresponderá realizar la recategorización? No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del que resulte de la conversión de oficio. Recategorización de oficio En el caso de la conversión de oficio de las categorías realizada por la AFIP, aquellos ciudadanos que no estén de acuerdo con la categoría asignada de oficio por esta Administración Federal,  deberán realizar una modificación de datos (no una recategorización) ant...

Monotributo: Quiénes deben presentar la Declaración informativa cuatrimestral?

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Mediante la  RG 3982 , se sustituyó en el inciso a) del Artículo 2° de la  Resolución General N° 2.888  la expresión “Categoría F, G, H, I, J, K o L” por la expresión “Categoría E, F, G, H, I, J o K”. Por lo tanto, la declaración jurada informativa deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que,  a la finalización  del cuatrimestre calendario al que corresponda la información: 1 - Se hallen encuadrados en la  Categoría E, F, G, H, I, J o K, ó 2 - Revistan la calidad de  empleadores , cumplan o no la condición señalada en el inciso precedente. Asimismo, aquellos monotributistas que se encontraban al día  31 de diciembre  de 2016 alcanzados por la obligación de presentar la DDJJ Informativa, continuarán cumpliendo con las obligaciones allí previstas, aun cuando con motivo de la conversión de oficio o recategorización prevista en el Artículo 5° de la RG 3982, encuadraran en una categoría inferior a aquella por la cual r...

CBU Alias

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El 16 de diciembre, el  Banco Central  de la República  Argentina (BCRA)  ha habilitado la creación del  CBU Alias . Este nuevo de usuario único en todo el sistema bancarios argentino tiene como finalidad la facilitación de las transferencias de fondos electrónicas dado que no requiere que el usuario recuerde el extenso número de la  Clave Bancaria Uniforme . Según informó el BCRA, en los primeros 30 días de entrado en vigencia, se han creado 70.000 CBU Alias. Esto significa que 2.300 clientes de distintos bancos han realizado dicho trámite mediante el sistema de homebanking para no tener que recordar su clave numérica compuesta por 22 dígitos. El CBU Alias puede tener entre 6 y 20 caracteres compuestos por letras y números. Esta clave debe ser única en todo el sistema financiero del país por lo cual nadie puede contar con el mismo “nombre de usuario bancario”, algo que llevó a que se agilice la tramitación del mismo para asegurarse de que alguien más ...

AFIP: Clausura de comercios por no entregar facturas

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La  Administración Federal de Ingresos Públicos   ( AFIP )  ha anunciado la  clausura de comercios por no entregar  facuras en zonas turisticas del todo el pais . Los 69 negocios que han sido clausurados en el marco de la  Ley de  Procedimiento  Tributario  por un plazo de hasta 7 días corresponden a estacionamientos, supermercados, locales de venta de indumentaria y comida, hoteles y videojuegos. Los ciudadanos tienen la oportunidad de denunciar a los comercios que no entregan  factura ni ticket por las ventas o prestaciones de servicios que realizan. Para hacer una denuncia en AFIP es necesario dirigirse a cualquiera de las oficinas del organismo dirigido por Alberto Abad o comunicarse con el número de teléfono 0800-999-2347  (Opción 1) , línea cuya atención es de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas. Si se hace la denuncia de forma presencial se tiene que presentar una nota con el nombre y apellido o razón social del denun...

Autos con denuncia de venta no podrán circular sin transferencia

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La Dirección Nacional del  Registro  de la Propiedad Automotor  (DNRPA)  implementará un nuevo sistema para que se envíe una notificación al vendedor cuando el comprador no haga transferencia del auto. Dicho aviso será enviado por medio de correo electrónico a los 30 días de presentada la denuncia de venta. Además, el organismo enviará una notificación a la policía dado que el vehículo no podrá circular. Por medio de la Resolución 5-E/2017, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor anunció la puesta en marcha de la notificación al vendedor cuando el comprador no complete la transferencia del auto. Esto es muy importante dado que esta es la única forma que tiene el viejo propietario para desligarse responsabilidades una vez que el vehículo no esté en su propiedad. En la normativa, el organismo destaca que, en muchos casos, aquel que comunicó la venta de un rodado y presumía que se encontraba registrado a nombre de un tercero se ve inv...

AFIP pone a nota a los contribuyentes

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Se trata de la implementación de un sistema de evaluación automática que tiene como fin estructurar la fiscalización. La AFIP pondrá en marcha el Sistema de Perfil de Riesgo, mediante el cual calificará la conducta de los contribuyentes y les pondrá un puntaje, informó hoy el jefe del ente recaudador, Alberto Abad. El sistema entrará en vigencia el 20 de enero próximo,  fecha en la cual los contribuyentes comenzarán a recibir la calificación de la AFIP, aunque la publicación en el Boletín  Oficial saldrá este viernes. La herramienta coordinará datos del ciudadano junto con documentación presentada ante el fisco y alcanzará a 5,2 millones de personas. Según sostuvo el jefe del organismo en un encuentro con periodistas, aquellos que estén calificados con el peor puntaje estarán expuestos a recibir inspecciones. Según indicó Abad, hasta el momento, la AFIP calificó al 12,8 por ciento del total, dentro de la categoría "muy buen comportamiento", mientras que ...