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Mostrando entradas de enero, 2017

Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo?

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Este mes, la  Administración Nacional de la Seguridad Social ( ANSES )  habilitó la presentación del  Formulario  PS 1.47. Recibimos varias  consultas  de usuarios que desean saber si deben presentar la  Libreta de Asignación Universal por Hijo (AUH)  si aún no asista a la  escuela . Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que sí se tiene que cumplir con dicho requisito. Entre el 1° y último día hábil de cada año, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo están obligados a presentar el Formulario libreta en ANSeS. De este modo se demuestra que se ha cumplido con los controles médicos, el régimen de vacunación nacional y la asistencia a clases. Una vez cumplida dicha presentación, el organismo a cargo de Emilio Basavilbaso procede a liquidar el 20% que se la retenido mensualmente a lo largo del año anterior. Dicho pago se realiza dentro de los 2 y 6 meses de cumplida la presentación y el titular tiene la oportunidad de  ingresar  un reclamo en ANSES a

Plazo para la recategorización tercer cuatrimestre del año 2016

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La recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2016 -cuyo vencimiento operaba originalmente el día 20 de enero de 2017-,  podrá efectuarse hasta el día 31 de enero de 2017 ¿Cuáles son los parámetros a considerar en la recategorización del tercer cuatrimestre del año 2016 y siguientes? Para la recategorización  deberán considerarse los nuevos parámetros  (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados). ¿En qué casos no corresponderá realizar la recategorización? No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del que resulte de la conversión de oficio. Recategorización de oficio En el caso de la conversión de oficio de las categorías realizada por la AFIP, aquellos ciudadanos que no estén de acuerdo con la categoría asignada de oficio por esta Administración Federal,  deberán realizar una modificación de datos (no una recategorización) antes del 31 de enero

Monotributo: Quiénes deben presentar la Declaración informativa cuatrimestral?

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Mediante la  RG 3982 , se sustituyó en el inciso a) del Artículo 2° de la  Resolución General N° 2.888  la expresión “Categoría F, G, H, I, J, K o L” por la expresión “Categoría E, F, G, H, I, J o K”. Por lo tanto, la declaración jurada informativa deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que,  a la finalización  del cuatrimestre calendario al que corresponda la información: 1 - Se hallen encuadrados en la  Categoría E, F, G, H, I, J o K, ó 2 - Revistan la calidad de  empleadores , cumplan o no la condición señalada en el inciso precedente. Asimismo, aquellos monotributistas que se encontraban al día  31 de diciembre  de 2016 alcanzados por la obligación de presentar la DDJJ Informativa, continuarán cumpliendo con las obligaciones allí previstas, aun cuando con motivo de la conversión de oficio o recategorización prevista en el Artículo 5° de la RG 3982, encuadraran en una categoría inferior a aquella por la cual resultarían obligados. Además, se debe te

CBU Alias

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El 16 de diciembre, el  Banco Central  de la República  Argentina (BCRA)  ha habilitado la creación del  CBU Alias . Este nuevo de usuario único en todo el sistema bancarios argentino tiene como finalidad la facilitación de las transferencias de fondos electrónicas dado que no requiere que el usuario recuerde el extenso número de la  Clave Bancaria Uniforme . Según informó el BCRA, en los primeros 30 días de entrado en vigencia, se han creado 70.000 CBU Alias. Esto significa que 2.300 clientes de distintos bancos han realizado dicho trámite mediante el sistema de homebanking para no tener que recordar su clave numérica compuesta por 22 dígitos. El CBU Alias puede tener entre 6 y 20 caracteres compuestos por letras y números. Esta clave debe ser única en todo el sistema financiero del país por lo cual nadie puede contar con el mismo “nombre de usuario bancario”, algo que llevó a que se agilice la tramitación del mismo para asegurarse de que alguien más no lo registre antes. El CB

AFIP: Clausura de comercios por no entregar facturas

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La  Administración Federal de Ingresos Públicos   ( AFIP )  ha anunciado la  clausura de comercios por no entregar  facuras en zonas turisticas del todo el pais . Los 69 negocios que han sido clausurados en el marco de la  Ley de  Procedimiento  Tributario  por un plazo de hasta 7 días corresponden a estacionamientos, supermercados, locales de venta de indumentaria y comida, hoteles y videojuegos. Los ciudadanos tienen la oportunidad de denunciar a los comercios que no entregan  factura ni ticket por las ventas o prestaciones de servicios que realizan. Para hacer una denuncia en AFIP es necesario dirigirse a cualquiera de las oficinas del organismo dirigido por Alberto Abad o comunicarse con el número de teléfono 0800-999-2347  (Opción 1) , línea cuya atención es de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas. Si se hace la denuncia de forma presencial se tiene que presentar una nota con el nombre y apellido o razón social del denunciante; domicilio, provincia, rubro y Clave Única de I

Autos con denuncia de venta no podrán circular sin transferencia

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La Dirección Nacional del  Registro  de la Propiedad Automotor  (DNRPA)  implementará un nuevo sistema para que se envíe una notificación al vendedor cuando el comprador no haga transferencia del auto. Dicho aviso será enviado por medio de correo electrónico a los 30 días de presentada la denuncia de venta. Además, el organismo enviará una notificación a la policía dado que el vehículo no podrá circular. Por medio de la Resolución 5-E/2017, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor anunció la puesta en marcha de la notificación al vendedor cuando el comprador no complete la transferencia del auto. Esto es muy importante dado que esta es la única forma que tiene el viejo propietario para desligarse responsabilidades una vez que el vehículo no esté en su propiedad. En la normativa, el organismo destaca que, en muchos casos, aquel que comunicó la venta de un rodado y presumía que se encontraba registrado a nombre de un tercero se ve involucrado en  reclamos  relaci

AFIP pone a nota a los contribuyentes

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Se trata de la implementación de un sistema de evaluación automática que tiene como fin estructurar la fiscalización. La AFIP pondrá en marcha el Sistema de Perfil de Riesgo, mediante el cual calificará la conducta de los contribuyentes y les pondrá un puntaje, informó hoy el jefe del ente recaudador, Alberto Abad. El sistema entrará en vigencia el 20 de enero próximo,  fecha en la cual los contribuyentes comenzarán a recibir la calificación de la AFIP, aunque la publicación en el Boletín  Oficial saldrá este viernes. La herramienta coordinará datos del ciudadano junto con documentación presentada ante el fisco y alcanzará a 5,2 millones de personas. Según sostuvo el jefe del organismo en un encuentro con periodistas, aquellos que estén calificados con el peor puntaje estarán expuestos a recibir inspecciones. Según indicó Abad, hasta el momento, la AFIP calificó al 12,8 por ciento del total, dentro de la categoría "muy buen comportamiento", mientras que

Monotributo: Recategorización y pago enero 2017

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Recategorización enero 2017 La recategorización en el régimen de monotributo que originalmente vencía el día 20 de enero de 2017, podrá efectuarse hasta el día 31 de enero de 2017.  Para la recategorización  deberán considerarse los nuevos parámetros  (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y  alquileres  devengados). No corresponderá  la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma  categoría  del Monotributo que resulte de la conversión de oficio que realizó la AFIP. Pago del mes de enero 2017 Quienes estén adheridos al Monotributo deberán ingresar a partir del mes de enero de 2017 los nuevos valores. A tales efectos los ciudadanos que se encontraban adheridos con  anterioridad  a la fecha de publicación de la Resolución General Nº 3982, utilizarán la  credencial  para el pago y el Código Único de Revista (CUR) obtenidos con anterioridad a esa fecha, excepto que el pequeño contribuyente proceda a la modificación de dato

Empleados de Comercio: Cuándo se cobra el 7% de aumento salarial

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El último acuerdo  salarial  de Empleados de Comercio estableció un  aumento  salarial d el 1 9% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de noviembre de 2015 (los mismos que marzo 2016),  que se agrega de forma no acumulativa al 20% otorgado en abril último, completando así un alza de 39%.  El primer tramo de este nuevo aumento, de  12%, se aplica de desde octubre 2016 con carácter no remunerativo y durante toda la vigencia del actual convenio.  Y   será incorporado a los básicos convencionales en el mes de abril de 2017, por su valor nominal.   7%  REMUNERATIVO El segundo tramo, en tanto, de  7%, tendrá carácter  remunerativo   desde su incorporación,  en enero de 2017, que se cobra los primero días de febrero. Por lo tanto, con el sueldo de enero se sigue cobrando el 12% no remunerativo y se incorpora el 7%, pero remunerativo.

Monotributo 2017. La AFIP Cambió la Resolución General por un Folleto Explicativo.

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Los  anuncios del día de ayer de Abad  diciendo que hoy saldría la RG reglamentando  los cambios en el Monotributo  quedaron en el olvido cuando vimos en el Boletin Oficial del día de hoy que nada de eso figuraba. Pero, y para que no nos quedemos con las ganas de ir sabiendo como será todo este proceso de cambios, la AFIP publicó un pequeño manual donde explica los próximos pasos a seguir y explicando los cambios que se han dispuesto mediante la  Ley 27346 . Entre lo mas destacable, si es que hay algo para destacar de todo esto, podemos resumir lo siguiente: AFIP realizará una  recategorización de oficio , en la cual se va a encuadrar a los contribuyentes en la  categoría inmediata inferior  a la que estaba inscripto en diciembre del 2016. Los  monotributistas deberán confirmar esta categorización de oficio hasta el 30/04/2017 , y descargarse su nueva credencial que le servirá para el pago mensual. Pago mensual de los meses de enero y febrero 2017 : Se utilizará la credencial

ANSES: Pago del 6 de enero de 2017 a Pensiones no Contributivas con DNI 6 y 7

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El día viernes 6 de enero de 2017 se abonarán los haberes correspondientes a los  beneficiarios  de Pensiones No Contributivas cuyos documentos nacional de identidad finalicen en 6 y 7 como estipula el  calendario  de pagos de  ANSES . Los  Jubilados  y  Pensionados  que cobren por medio de una Orden de Pago Previsional (OPP) o de un Comprobante de Pago Previsional (CPP) tienen tiempo de cobrar su importe hasta el lunes 13 de febrero de 2017. Este viernes 6 de enero de 2017, la ANSES da inicio al pago al Grupo de Pago 4, es decir Titulares de Pensiones no Contributivas cuyos documentos nacional de identidad finalicen en 6 y 7. Es por esta razón que los beneficiarios de Pensiones No Contributivas cuyos documentos nacional de identidad finalicen en 6 y 7 pueden dirigirse a la  sucursal  del banco habitual desde el viernes 6 de enero de 2017 para cobrar. Ellos tienen tiempo de hacerlo hasta el lunes 13 de febrero de 2017. A continuación detallamos el calendario de pagos de ANSES pa