Empleados de Comercio: Cuándo se cobra el 7% de aumento salarial


El último acuerdo salarial de Empleados de Comercio estableció un aumento salarial del 19% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de noviembre de 2015 (los mismos que marzo 2016), que se agrega de forma no acumulativa al 20% otorgado en abril último, completando así un alza de 39%. 

El primer tramo de este nuevo aumento, de 12%, se aplica de desde octubre 2016 con carácter no remunerativo y durante toda la vigencia del actual convenio. Y será incorporado a los básicos convencionales en el mes de abril de 2017, por su valor nominal. 

7%  REMUNERATIVO
El segundo tramo, en tanto, de 7%, tendrá carácter remunerativo desde su incorporación, en enero de 2017, que se cobra los primero días de febrero.

Por lo tanto, con el sueldo de enero se sigue cobrando el 12% no remunerativo y se incorpora el 7%, pero remunerativo.


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