ANSES: ¿Puedo cobrar jubilación y aguinaldo si soy heredero?

La Doctora Laura Kalerguiz ha respondido una serie de consultasrealizadas por los seguidores del Facebook Oficial de Telefe Noticias. A causa de una pregunta recibida, la abogada ha aclarado que los herederos no pueden cobrar la jubilación ni el aguinaldo de un jubilado y/o pensionado fallecido. En caso de que se perciban los haberes de forma indebida, ANSES puede iniciar acciones judiciales.
Los apoderados de jubilados/pensionados no pueden retirar la jubilación/pensión de los beneficiarios en caso de que el titular haya fallecido. No importa que éste sea heredero.
Los haberes que se paguen con fecha posterior al fallecimiento regresarán a ANSeS. Los anteriores quedarán en el banco a la espera de que se presente la declaratoria de herederos una vez que se realice la sucesión.
Es muy importante tener en cuenta que el organismo previsional inicia una causa en caso de detectar que el apoderado ha retirado dinero que no le corresponde.
Por otro lado, recordemos que el Estado paga un Subsidio de Contención Familiarde hasta 6000 pesos a las personas que se hagan cargo de los gastos de sepelio de un adulto mayor que cobre haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Dicho beneficio puede ser tramitado por un familiar o cualquier otra persona que acredite haber efectuado el pago.

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